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Tengo un I-220A
Información general, no asesoría legal. Las reglas cambian a menudo y cada caso es distinto.
Esta ficha está pendiente de revisión por un abogado de inmigración.
En pocas palabras
El I-220A (Order of Release on Recognizance) es el papel que ICE entregó a muchos cubanos que cruzaron la frontera, estuvieron detenidos y luego quedaron libres mientras su caso sigue en la corte de inmigración. No es un parole, y eso es lo que hoy complica todo.
Qué está pasando ahora
- La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) ha determinado que el I-220A no equivale al parole que exige la Ley de Ajuste Cubano. Para miles de personas, eso cierra (por ahora) esa vía a la residencia.
- Hay casos en tribunales federales, incluido uno ante el Onceno Circuito de Apelaciones, que intentan que el I-220A se reconozca como admisión válida. Todavía no hay una solución definitiva.
- Se han reportado detenciones de cubanos con I-220A durante sus citas de supervisión con ICE, sobre todo en el sur de Florida.
Qué opciones se mencionan hoy
Esto depende de cada caso. Las vías que los abogados suelen revisar son:
- Asilo ante la corte de inmigración, si lo pediste (o si todavía estás a tiempo).
- Esperar el resultado de los litigios sobre el I-220A, sin abandonar tu caso actual.
- Otras vías según tu familia (por ejemplo, petición de un cónyuge o hijo ciudadano). Pregunta si alguna aplica.
Riesgos
- No ir a una cita de corte puede terminar en una orden de deportación en ausencia.
- Las citas con ICE (check-ins) pueden acabar en detención. No dejes de ir sin hablar antes con un abogado: faltar también tiene consecuencias.
- Promesas de “residencia garantizada con I-220A” son señal de estafa.
Qué hacer ahora
- Busca tu caso en la corte: Información automatizada de casos (EOIR) o llama al 1-800-898-7180 con tu número A.
- Revisa la fecha de tu próxima audiencia y de tu próxima cita con ICE.
- Prepara la cita con ICE y un plan de emergencia para tu familia.
- Si te mudaste, actualiza tu dirección con la corte (formulario EOIR-33) y con USCIS (AR-11) en un plazo de 10 días.
- Habla con un abogado o una organización acreditada antes de tu próxima cita.
Qué preguntarle al abogado
- ¿Tengo un caso abierto en la corte? ¿Para cuándo es la próxima audiencia?
- ¿Pedí asilo a tiempo? Si no, ¿todavía puedo?
- ¿Cómo me afecta la decisión de la BIA sobre el I-220A y los casos en apelación?
- ¿Tengo alguna otra vía por mi familia?
- ¿Qué hago si me detienen en una cita?
Documentos a reunir
- El propio I-220A y cualquier papel que te dieron en la frontera.
- Tu número A (A-Number) y la Notificación de Comparecencia (Notice to Appear), si la tienes.
- Recibos de cualquier solicitud (asilo, permiso de trabajo).
- Pasaporte cubano, certificado de nacimiento y pruebas de tu fecha de entrada.
Fuentes
- elTOQUE: siguen las detenciones de cubanos en citas con ICE
- OnCuba: cubanos con I-220A, qué caminos quedan
- CiberCuba: USCIS y las acciones de control migratorio (oct. 2026)
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